-AGRIDULCE: INCREÍBLE ABUSO DE PODER LA DETENCIÓN DEL FISCAL DE MORELOS, URIEL CARMONA.
-MEGA OPERATIVO DE LA MARINA, POLICÍAS FEDERALES Y DE LA CD. DE MEXICO, LA DE FGR y FISCALÍA CAPITALINA PARA APREHESARLO.
AGRIDULCE, EXPRESIONES y MÁS.
Mtro. José A. Ordóñez González.
De acuerdo a la Constitución y a las leyes secundarias, en México se les otorga fuero a determinados servidores públicos de los tres poderes de la unión y de las entidades federativas, así como a integrantes de los órganos autónomos.
Lo anterior viene a colación por la abusiva detención del Fiscal de Morelos URIEL CARMONA GÁNDARA, llevada a cabo la tarde de ayer viernes mediante un mega operativo donde participaron elementos de la marina, de la FGR, de la Fiscalía de la Ciudad de México, y otros; solo faltó el velador de la cuadra.
Pero ¿por qué abusiva esa aprehensión?
Para entender esta afirmación es menester analizar lo que señala el Artículo 3 de la ley orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos:
“ARTICULO 3.- La Fiscalía General es un órgano constitucional autónomo cuya función primordial es la persecución de los delitos como una de las necesidades torales tanto del Estado como de la sociedad en general…”
Además se debe relacionar el citado numeral con lo que establecen los artículos 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en términos concretos señalan que para proceder penalmente contra determinados servidores públicos en funciones, deberá previamente tramitarse Juicio Político ante la cámara de Diputados como autoridad instructora y a la postre en el Senado convertido en gran jurado que al final decidirá si procede el caso planteado y consecuentemente retirarle el fuero constitucional al encausado.
El segundo párrafo del artículo 110 de la Constitución Federal refiere que:
“Los ejecutivos de las entidades federativas, Diputados locales, Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia Locales, en su caso, los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales, así como los miembros de los organismos a los que las Constituciones Locales les otorgue autonomía, sólo podrán ser sujetos de juicio político en los términos de este Título por violaciones graves a esta Constitución y a las leyes federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales, pero en este caso la resolución será únicamente declarativa y se comunicará a las Legislaturas Locales para que, en ejercicio de sus atribuciones, procedan como corresponda”.
Y el quinto párrafo del 111 constitucional establece al respecto:
“Para poder proceder penalmente por delitos federales contra los ejecutivos de las entidades federativas, diputados locales, magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de las entidades federativas, en su caso los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales, y los miembros de los organismos a los que las Constituciones Locales les otorgue autonomía se seguirá el mismo procedimiento establecido en este artículo, pero en este supuesto, la declaración de procedencia será para el efecto de que se comunique a las Legislaturas Locales, para que en ejercicio de sus atribuciones procedan como corresponda”.
A mis respetables lectores les comento que, atendiendo al sentido literal de los mencionados preceptos constitucionales, relacionados con lo que establece el artículo 3 de la Ley Orgánica de la Fiscalía del Estado de Morelos, resulta evidente que el detenido URIEL CARMONA GÁNDARA contaba con fuero constitucional y local, razón por la que previo a su detención debió ser desaforado a través del juicio político tramitado ante el Congreso de la Unión. En consecuencia, la privación de libertad del Fiscal de Morelos es a todas luces inconstitucional e ilegal, amen que se traduce en un descarado ABUSO DE AUTORIDAD.
Lo AGRIDULCE del tema, es que sin pretender justificar o defender las acciones u omisiones que pudieran constituir la probable comisión de delitos por parte del Fiscal URIEL CARMONA, no se cumplió con lo que mandata la Constitución y las leyes. No podemos tolerar y acostumbrarnos que las autoridades -bajo el pretexto de procurar e impartir justicia- violente derechos humanos e irrespete el estado de derecho.
Al final, si dejamos pasar estos grotescos abusos de autoridad, además de convertirnos en cómplices, nos puede tocar algún día sufrir de estos embates y no habrá nadie que nos defienda y alce la voz. Tenemos la obligación de exigir el debido cumplimiento de la ley, sino que caso tiene comprometernos con la forma de gobierno que rige en nuestro país; es aquí donde me pregunto: ¿o será la anarquía un mejor camino? -No lo creo- Como seres civilizados simple y sencillamente nos toca respetar los derechos de los demás. ¡HE DICHO¡
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