• Sáb. Oct 5th, 2024

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Despertando Conciencias.

LA SCJN SALE EN DEFENSA DE LOS VERACRUZANOS.

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-LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN SALE EN DEFENSA DE LOS VERACRUZANOS.

-DECLARA INCONSTITUCIONAL EL ARTÍCULO 331 DEL CÓDIGO PENAL DE VERACRUZ (ULTRAJES A LA AUTORIDAD).



AGRIDULCE. Expresiones y más.
Por el Mtro. José A. ORDÓÑEZ González.



Tal y como lo habíamos predicho, el día de hoy el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación integrado por once ministros, declaró inconstitucional el tipo penal contemplado en el artículo 331 del Código Penal de Veracruz, relativo al delito de Ultrajes a la Autoridad.

En este tema, los ministros coincidieron en que se violaban los derechos humanos.

En la sesión de este lunes 28 de febrero, 10-diez de los 11-once ministros de la SCJN consideraron inconstitucional el delito de ultrajes a la autoridad contenido en el Código Penal de Veracruz.

Dentro de las consideraciones del fallo, los ministros de la Corte estimaron como  insuficientes las dos fracciones derogadas por los diputados locales del artículo 331 en comento, por lo que desecharon la petición del gobierno estatal para sobreseer la acción de inconstitucionalidad de la Comisión Estatal de Derechos Humanos 66/2021. De esta manera se declaró la  invalidez del artículo 331 del Código Penal de aquella entidad.

La base argumentativa contenida en el proyecto del Ministro Ponente Jorge Mario Pardo Rebolledo, sostiene que la norma impugnada tiene un impacto desproporcional sobre las personas, pues al criminalizar cualquier amenaza o agresión sin poder saber, a priori, si sus expresiones o actos son considerados o no como delictivos, genera un efecto inhibitorio del derecho a la libertad de expresión, ante el miedo de que por expresar sus opiniones sean sujetos de la acción penal del estado, cuestión que limita, de manera de irrazonable, el ejercicio de esa libertad.

Uno de los personajes que desde finales del año pasado tachó de inconstitucional ese artículo 331 del Código Penal de Veracruz, fue el Senador Ricardo Monreal quien, al conocer la decisión de la SCJN, adujo con beneplácito que la decisión fue justa y correcta.

Toca esperar que sean liberadas las casi dos mil personas que están privadas de su libertad por este ominoso delito en cárceles de aquella entidad.

A mis cuatro lectores les recuerdo que la semana pasada el Congreso de Veracruz, de manera apurada habían votado sobre la derogación parcial, solo en dos de las fracciones de la norma aludida y, de paso del delito de Ultrajes a la Autoridad; sin embargo,  se trató solo de una perfecta simulación para con ello aducir que se atendió la recomendación de la Comisión Nacional de derechos Humanos, porque con base en ese decreto de reforma ya no existía materia sobre que resolver, es decir, se pretendió lograr el sobreseimiento de la acción de inconstitucional planteada ante la Corte por el Organismo defensor de los derechos humanos.

No lograron su propósito, porque diez de los once ministros de la SCJN, estimaron que el artículo 331 del Código Penal, en su totalidad resultaba inconstitucional, por atentar contra los derechos humanos de las personas.

El gobernador de Veracruz Cuitláhuac García Jiménez, hasta el último momento permaneció renuente en reconocer la inconstitucionalidad de la norma penal aludida, y entre sus argumentos sostenía que, al desaparecer el delito de ultrajes a la autoridad, obtendrían la libertad medio centenar de personajes identificados con grupos de la delincuencia organizada.

Sin duda alguna, muy fuera de contexto sus comentarios, ya que para el crimen organizado existen tipos penales especiales contemplados en la legislación Federal, por lo que, de entrada, no es competencia de las autoridades estatales perseguir y procesar a personas involucradas en delitos de Delincuencia Organizada, toda vez que de la comisión de tales ilícitos conoce la Fiscalía General de la República y los Jueces de Distrito (Federales).

Lo AGRIDULCE de todo esto, es que el delito de Ultrajes a la Autoridad sirvió al gobierno de Veracruz para someter a periodistas, defensores de Derechos humanos, jóvenes que se manifestaban pacíficamente o cualquier otro oponente, por lo que la libertad de expresión y de manifestación estaban socavadas en aquella entidad  y, quienes se atrevían a hacerlo corrían el riesgo de ser encarcelados.

Al final, como seres tolerantes, podremos o no estar de acuerdo con lo que piensan y digan las demás personas, pero sin duda tenemos la obligación ética de defender, sin cortapisas, el derecho a que se expresen. ¡HE DICHO ¡

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