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SCJN DECLARA CONSTITUCIONAL LA FIGURA DE LOS SUPERDELEGADOS.

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-SCJN DECLARA CONSTITUCIONAL LA FIGURA DE LOS SUPERDELEGADOS.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, sesionando en pleno, declaró constitucional la figura de Superdelegados del gobierno federal.

Con esta resolución, los 32 delegados del Bienestar podrán seguir en el cargo y con las funciones señaladas por el mandatario federal.

Cabe señalar que la semana pasada, el Pleno de ministros analizaba el tema, pero al votar quedaron empatados a cinco y era suficiente para declarar infundada la impugnación, sin embargo, decidieron esperar a que regresara la ministra Loretta Ortiz, quien estaba en comisión oficial. Al final fue ella, con su voto, la que permitió declarar la validez de los superdelegados.

La ministra Ortiz, defendió la figura de los delegados estatales y resaltó que no violentan el principio del federalismo.

Se trata pues de hacer eficiente el servicio público al estar adscritos jerárquicamente y orgánicamente a la Secretaría del Bienestar, y a su vez, bajo el mando de la Coordinación General de Programas para el Desarrollo, dependiente del Ejecutivo federal.

Las atribuciones ahí previstas pertenecen al ámbito federal, pues sus funciones se sujetan a los principios de control, mando y vigilancia de tipo jerárquico, característico del Poder Ejecutivo federal.

Con estos argumentos y consideraciones la ministra Ortiz, argumentó que el artículo 17 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, impugnado, no transgrede el principio constitucional de federalismo.

Hizo notar que el mencionado artículo aduce que los lineamientos que emita la Secretaría de Bienestar y la Coordinación General de Programas de Desarrollo son el eje que acota los planes, programas y acciones referidos en el mismo, y, en consecuencia, las atribuciones encomendadas a dichas delegaciones.

Los lineamientos que regulan las funciones de las delegaciones de programas para el desarrollo publicados en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio del 2019, establecen expresamente que dichas delegaciones tendrán las funciones de supervisar los servicios.

Además, estas delegaciones están facultadas para revisar los programas a cargo de dependencias y entidades de la administración pública federal, así como de coordinar e implementar planes, programas y acciones conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación y los demás que se establezcan por acuerdo del Ejecutivo federal.

El ministro Alberto Pérez Dayán comentó que, si bien la Ley Orgánica de la APF no detalla en su totalidad las facultades de los superdelegados, éstas sí fueron delimitadas en un reglamento expedido por el Ejecutivo federal en el 2019.

Al final, el pleno de la SCJN, declaró constitucional la figura de los superdelegados de bienestar del gobierno federal.

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