-SE CRIMINALIZA LA PROTESTA EN LA TOMA DE CASETAS Y BLOQUEO DE CARRETERAS.
AGRIDULCE. Expresiones y más.
Por el Mtro. José A. ORDOÑEZ González.
A partir de hoy, se criminaliza la protesta cuando venga aparejada con la toma de casetas de peaje y el bloqueo de carreteras.
El día de ayer se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la reforma aprobada por el Congreso de la Unión de la Ley de Vías Generales de Comunicación, que prevé penas de prisión de tres meses a siete años de prisión, así como multas de 8 mil 960 pesos y hasta de 44 mil 800 pesos a quienes tomen casetas de peaje con fines de lucro.
Se reformó el artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, para quedar como sigue:
“Artículo 533. A quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación, o los medios de transporte, o interrumpan la construcción de dichas vías, o para obtener un lucro interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, o total o parcialmente interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte, se impondrá sanción de tres meses a siete años de prisión y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.
En el artículo transitorio primero, se estableció que el decreto de reforma entra en vigor este miércoles.
Las sanciones también se aplicarán a quienes interrumpan la construcción de las vías o a quienes de manera total o parcial interrumpan o deterioren los demás servicios que operan en las vías generales de comunicación.
Si bien es cierto que es necesario frenar estas prácticas ilegales que le causan grandes daños al erario, ya que las vías de comunicación son importantes para el flujo comercial, el traslado de mercancías y asegurar la movilidad de la población, también resulta evidente que conlleva la represión del estado al criminalizar la protesta.
Los que están a favor de la aplicación del delito contemplado en el numeral 533 de la Ley mencionada, aducen que los bloqueos ponen en riesgo la vida, la integridad y los bienes de las personas que transitan por las carreteras de cuotas del país. Sin embargo, reconocen que los ciudadanos están en su derecho de manifestarse de forma pacífica.
Aún sin esa reforma que entra en vigor el día de hoy, existen casos injustos como el Kenia Inés Hernández, una líder indígena en Guerrero y defensora de derechos humanos, que lleva 423 días en prisión, detenida por protestar en una caseta.
Los defensores de la reforma publicada en el DOF, argumentan que no tiene como objeto criminalizar la protesta social, sino evitar que se lucre con los bloqueos, que cuestan al gobierno alrededor de cuatro mil millones de pesos. Aducen que no se trata de un boteo, sino que se trata de una actividad criminal que han encontrado algunos personajes que aprovechan la inactividad de la autoridad.
También argumentan que el derecho a protestar es algo que está en la Constitución y lo que sí se ha vuelto un problema es que cerca de 4 mil millones de pesos por la toma de casetas hacen pensar que alguien está lucrando con este mecanismo de protesta. Esa fue la base argumentativa de la reforma.
En contraposición, existe otro bloque de defensores de los derechos humanos que refieren que con este decreto se criminaliza aún más la protesta social en nuestro país.
Si bien es cierto que ya se contemplaba como delito el ataque a las vías generales de comunicación, lo cierto es que ahora se relaciona con actos que el ciudadano ejecute, al protestar, cerrando las casetas de peaje y bloqueando parcial o totalmente las carreteras.
Veremos que sucede en la vida cotidiana, en su aplicación a raja tabla o, si se permite en primera instancia la mediación y conciliación con quienes, a partir de hoy, realicen protestas sociales en las casetas de cobro de peaje y en las carreteras federales.
Lo AGRIDULCE de esta reforma, es que puede utilizarse para cometer abusos e injusticias, por parte de la autoridad, como está sucediendo en el estado de Veracruz con el delito de Ultrajes a la Autoridad, respecto del cual ya se pronunció la Comisión Nacional de Derechos Humanos y lo declaró violatorio de derechos humanos. En ese caso, el gobernador prometió enviar la propuesta al Congreso local para derogar dicho delito.
A mis cuatro lectores les digo que, sin duda este tema, seguramente llegará en su momento ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que determine y resuelva si el artículo 533 de la ley aludida, viola o no derechos humanos, previo análisis de su inconstitucionalidad.
Lo cierto es que vale más una protesta tonta, que un tonto que no protesta. La lucha de pocos valientes vale por el futuro de todos. ¡HE DICHO ¡
–Enlace relacionado con la Columna AGRIDULCE de fecha 22 de febrero de 2022.–
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5643413&fecha=22/02/2022